La FAM informa a las instituciones afiliadas que por disposición de la Coordinación del CENARD, el plazo de presentación de las Nóminas de los Atletas Federados a FAM que los clubes consideren deban ingresar a ese predio para realizar sus sesiones de entrenamientos durante la temporada, ESTARÁ HABILITADO DESDE EL VIERNES 27 DE ENERO HASTA EL MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO.
El sistema de entrega de listados rige para atletas QUE ESTÉN FEDERADOS A INSTITUCIONES AFILIADAS A FAM Y QUE –naturalmente- SERÁN REVÁLIDADOS PARA COMPETIR EN LA TEMPORADA ATLÉTICA DE LA FEDERACIÓN EN 2017.
LA GESTIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LAS NÓMINAS SERÁ DE LA SIGUIENTE FORMA:
- Cada delegado debe enviar por correo electrónico a info@webfam.com.ar un único archivo Excel adjunto (se puede descargar al pie de esta nota), que indique en el asunto “Listado de atletas para ingresar al CENARD del Club o Agrupación…” y debe contener los siguientes datos:
NOMBRE del CLUB
NOMBRE DEL ATLETA
APELLIDO DEL ATLETA
DNI DEL ATLETA
FECHA DE NACIMIENTO DEL ATLETA
NOMBRE DEL ENTRENADOR A CARGO
Y EN CASO DE QUE EL ATLETA POSEA EL CERTIFICADO DE APTO FÍSICO PARA REALIZAR ATLETISMO DE ALTO RENDIMIENTO EMITIDO EN 2017, ESPECIFICAR LA FECHA DE CONFECCIÓN DEL MISMO.
Aclaraciones importantes:
- Dado que la Coordinación del CENARD necesita contar con la nómina de atletas para los primeros días de febrero, FAM dispuso excepcionalmente que el trámite de atletas revalidados y que la entrega de aptos físicos se gestione por separado y en un plazo mayor al 8 de febrero.
- Cada institución contará con un cupo de Atletas Federados que puedan acceder a entrenarse durante la semana en las pistas del CeNARD en la primera etapa del año. Al promediar la temporada –aproximadamente en julio o agosto- se abrirá una nueva entrega de postulaciones donde podrán ratificarse o modificarse las presentaciones, sin que afecte la cantidad que posea cada club.
- No se aceptarán listas y/o presentaciones fuera de plazo.
- Una vez reunida toda la documentación, FAM gestionará la solicitud con las autoridades de la Secretaria de Deporte de la Nación y del CeNARD, y una vez que estos estamentos otorguen la autorización, se comunicará quienes son los beneficiarios.
- La FAM es la única entidad que tiene la potestad de gestionar el ingreso de los Atletas ante el CeNARD y la Secretaria de Deporte de la Nación, por lo cual estos dos entes citados no aceptarán presentaciones individuales ni directas, ya sea por parte de Delegados, Entrenadores o por los mismos Atletas.
- El cupo máximo de ingresantes es exclusivamente determinación de las autoridades de la coordinación del CeNARD y la Secretaria de Deporte de la Nación.
- FAM no determina la capacidad máxima de ingresantes o beneficiarios, sólo actúa como garante y proveedora de documentaciones entre sus Atletas Federados y el CeNARD y la Secretaria de Deporte de la Nación.
- La solicitud de atletas ingresantes al CENARD solo contempla la utilización de las pistas de atletismo para entrenamientos. De ninguna forma está incluido el ingreso a los gimnasios de musculación, dado que FAM no tiene injerencia alguna con esas instalaciones.
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